domingo, 30 de octubre de 2011

El derecho a recuperar la vivienda en díez días, a un paso de ser reconocido

El próximo 1 de noviembre los desahucios en las viviendas de alquiler serán más rápidos: No se necesitará la intervención de un juez y ésto evitará vistas al juzgado.

Además, si el inquilino moroso no se opone al desahucio será alojado hasta la fecha indicada en el primer requerimiento judicial. Entra en vigor la nueva Ley de Medidas de Agilización Procesal.
Esta medida protege al arrendador y le otorga al moroso diez días para ponerse al día con los pagos, abandonar la vivienda o presentar las pertinentes alegaciones.
Si pasados estos diez días, el moroso continúa en el inmueble se procederá directamente al desahucio




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